Información de contenido
¿Qué más necesito saber?
Reclamación protestada
Cualquier empleador para el que haya trabajado en los últimos 18 meses podría tener que pagar por las prestaciones que recibe. Por este motivo, los empleadores pueden impugnar su solicitud para evitar estos cargos. Deben impugnarla dentro de los 10 días naturales siguientes a la recepción de la notificación de su solicitud. Las solicitudes se impugnan automáticamente si usted declara que fue despedido o que renunció a su último empleo.
Entrevista para recabar información
Si se impugna su solicitud de desempleo, es posible que se programe una entrevista telefónica para recabar información. Tanto usted como su empleador recibirán una notificación con la fecha, la hora y el número de teléfono de la entrevista, así como instrucciones sobre qué hacer si el número de teléfono es incorrecto. No participar en la entrevista podría resultar en la denegación de las prestaciones.
Tras la entrevista, tanto usted como su empleador recibirán una carta con la decisión sobre su elegibilidad. Cualquiera de las partes puede apelar la decisión; las instrucciones para la apelación se incluyen al dorso de la carta.
Debe seguir presentando solicitudes semanales hasta que finalice el proceso de investigación. Si cumple con los requisitos pero no ha presentado solicitudes semanales, su solicitud no se aplicará retroactivamente y no recibirá beneficios por ninguna semana que no haya solicitado.
Proceso de apelación
Apelación de primera instancia – Juez de Derecho Administrativo
Tanto usted como el empleador pueden apelar la decisión sobre la determinación de los hechos y presentar testimonio ante un Juez de Derecho Administrativo (JDA). La apelación debe tener matasellos o ser recibida antes de la fecha límite indicada en la decisión; de lo contrario, podría perder su derecho a apelar. Si la fecha límite cae en sábado, domingo o día festivo, el plazo para apelar se extiende hasta el siguiente día hábil.
Apelación en línea
Para acceder y enviar un formulario de apelación en línea, visite [enlace] y proporcione la información solicitada. También puede enviar una apelación por escrito a:
Para presentar una apelación en línea, visite el Formulario de Apelaciones de Desempleo y proporcione la información solicitada. También puede enviar una apelación por escrito a:
Iowa Workforce Development
División de Audiencias Administrativas del Departamento de Inspecciones, Apelaciones y Licencias
Oficina de Apelaciones del Seguro de Desempleo
6200 Park Avenue, Suite 100, Entrada Este
Des Moines, IA 50321
La apelación escrita deberá incluir:
- Su nombre, dirección y número de seguro social
- Fecha de la decisión
- Motivo de la apelación
- Preferencia auditiva (telefónica o presencial)
- Idioma para intérprete, si fuera necesario
Comuníquese con la Oficina de Apelaciones para obtener ayuda:
Llamada gratuita en Iowa: 800-532-1483
Llamada gratuita fuera de Iowa: 800-247-5205
Local de Des Moines: 515-281-3747
Fax: 515-478-3528
Correo electrónico: helpuiappeals@dia.iowa.gov
Qué esperar de la audiencia
Una vez presentada la apelación, se programará una audiencia formal ante un juez administrativo. Se le enviará una notificación para una audiencia telefónica a su último domicilio conocido. La notificación indicará la fecha y hora de la audiencia y un número gratuito al que podrá llamar para participar.
Advertencia : El juez administrativo NO le llamará para la audiencia. Debe llamar al número indicado en la notificación para participar. Si no participa en la audiencia, su apelación podría ser desestimada.
Si no puede asistir a la audiencia de apelación programada, envíe una solicitud por escrito para aplazarla a la Oficina de Apelaciones con al menos tres días de anticipación. Puede enviar la solicitud por fax, correo electrónico o correo postal. La audiencia de apelación solo se aplazará por causa justificada.
La audiencia de apelación es un proceso formal, a diferencia de la entrevista para la determinación de los hechos. Todas las partes y los testigos prestan juramento y la audiencia se graba. El juez administrativo escuchará nuevas declaraciones sobre el asunto, incluso si ya se presentaron declaraciones durante la entrevista para la determinación de los hechos. Ambas partes pueden presentar pruebas adicionales en la audiencia, por lo que es importante participar. Si el reclamante o el empleador contrata a un abogado, será responsable de cubrir sus honorarios. Para obtener más información sobre qué esperar durante la audiencia de apelación, consulte las instrucciones al dorso de la notificación de la audiencia.
La decisión final del juez administrativo se enviará por correo a ambas partes después de la audiencia. Incluirá los hechos clave, las conclusiones legales, los fundamentos de la decisión y el resultado. La decisión puede denegar al solicitante las prestaciones o aprobarlas, cuyo costo podría correr a cargo del empleador.
Apelación de segundo nivel
Si no está de acuerdo con la decisión, usted o cualquier parte interesada podrá:
- Puede presentar una apelación ante la Junta de Apelaciones Laborales dentro de los quince (15) días posteriores a la firma del juez, enviando una apelación por escrito por correo postal, fax o en línea a:
Junta de Apelaciones de Empleo
4.º piso – Edificio Lucas
Des Moines, IA 50319
Fax: (515)281-7191
En línea: eab.iowa.gov
Si el plazo vence en sábado, domingo o día festivo, el plazo de apelación se extiende hasta el siguiente día hábil. No hay costo alguno para presentar una apelación ante la Junta de Apelaciones Laborales.
Una apelación ante la Junta deberá indicar claramente:
- El nombre, la dirección y el número de la seguridad social del reclamante.
- Una referencia a la decisión contra la cual se interpone el recurso.
- Que se interpone un recurso contra dicha decisión y que dicho recurso está firmado.
- Los fundamentos en que se basa dicha apelación.
O
Presente una petición ante el Tribunal de Distrito dentro de los treinta (30) días posteriores a la fecha de la firma del juez. Para obtener más información sobre cómo presentar una petición, visite www.iowacourts.gov/iowa-court/district-court . Tenga en cuenta que podría haber una tasa judicial para presentar la petición ante el Tribunal de Distrito.
Nota para las partes: Usted puede representarse a sí mismo en la apelación o bien, optar por contar con un abogado o representante, siempre y cuando esto no genere ningún gasto para el Departamento de Desarrollo Laboral. Si desea un abogado, puede contratar uno privado o uno financiado con fondos públicos.
Nota: Debe seguir presentando las certificaciones semanales hasta que finalice el proceso de apelación de segunda instancia. Si se le aprueba el subsidio por desempleo, pero no ha presentado las certificaciones semanales, no podrá recibir el subsidio correspondiente a esas semanas, ya que las solicitudes no se procesarán retroactivamente.