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¿Qué más necesito saber?
Reclamación protestada
Cualquier empleador para el que haya trabajado en los últimos 18 meses podría tener que pagar por las beneficios que reciba. Por ello, los empleadores pueden impugnar su reclamación para evitar estos cargos. Deben hacerlo dentro de los 10 días calendario siguientes a la recepción de la notificación de su reclamación. Las reclamaciones se impugnan automáticamente si usted declara haber sido despedido o haber renunciado a su último empleo.
Entrevista de investigación
Si se protesta su solicitud de desempleo, se podría programar una entrevista telefónica para determinar los hechos. Tanto usted como su empleador recibirán una notificación con la fecha, la hora y el número de teléfono de la entrevista, junto con instrucciones sobre qué hacer si el número de teléfono es incorrecto. No asistir a la entrevista podría resultar en la denegación de los beneficios.
Después de la entrevista, usted y su empleador recibirán una carta con la decisión de elegibilidad. Cualquiera de las partes puede apelar la decisión; las instrucciones para apelar se incluyen al dorso de la carta.
Debe presentar sus solicitudes semanales hasta que finalice el proceso de investigación. Si cumple los requisitos, pero no ha presentado sus solicitudes semanales, su solicitud no se verá retroactiva y no recibirá los beneficios de las semanas que no presentó.
Proceso de apelación
Apelación de primer nivel – Juez de derecho administrativo
Tanto usted como el empleador pueden apelar la decisión de investigación y presentar testimonio ante un Juez Administrativo (ALJ). La apelación debe tener matasellos o haber sido recibida antes de la fecha límite indicada en la decisión; de lo contrario, podría perder su derecho a apelar. Si la fecha límite cae en sábado, domingo o día festivo, el plazo de apelación se extiende al siguiente día hábil.
Apelación en línea
Para acceder y presentar un formulario de apelación en línea, visite el sitio web y proporcione la información solicitada. Puede enviar una apelación por escrito a:
Para presentar una apelación en línea, visite el Formulario de Apelaciones de Desempleo y proporcione la información solicitada. Puede enviar una apelación por escrito a:
Desarrollo de la fuerza laboral de Iowa
División de Audiencias Administrativas del Departamento de Inspecciones, Apelaciones y Licencias
Oficina de Apelaciones del Seguro de Desempleo
6200 Park Avenue, Suite 100, Entrada Este
Des Moines, IA 50321
La apelación escrita debe incluir:
- Su nombre, dirección y número de seguro social
- Fecha de la decisión
- Motivo de la apelación
- Preferencia de audiencia (por teléfono o en persona)
- Idioma para intérprete, si es necesario
Comuníquese con la Oficina de Apelaciones para obtener ayuda:
Llamada gratuita en Iowa: 800-532-1483
Llamada gratuita fuera de Iowa: 800-247-5205
Local de Des Moines: 515-281-3747
Fax: 515-478-3528
Correo electrónico: helpuiappeals@dia.iowa.gov
Qué esperar de la audiencia
Una vez apelada una reclamación, se programará una audiencia formal con un Juez de Derecho Administrativo (ALJ). Se le enviará por correo a su última dirección conocida una notificación para una audiencia telefónica. La notificación incluye la fecha y hora de la audiencia, así como un número gratuito para llamar y participar.
Advertencia : El Juez Administrativo NO lo citará a la audiencia. Debe llamar al número indicado en la notificación para participar. Si no asiste a la audiencia, su apelación podría ser desestimada.
Si no puede asistir a la audiencia de apelación según lo programado, solicite su aplazamiento por escrito a la Oficina de Apelaciones con al menos tres días de anticipación. Puede enviar la solicitud por fax, correo electrónico o correo postal. La audiencia de apelación solo se aplazará por causa justificada.
Una audiencia de apelación es un proceso formal, a diferencia de la entrevista de investigación. Todas las partes y los testigos prestan juramento y la audiencia se graba. El Juez de Derecho Administrativo (ALJ) escuchará nuevas declaraciones sobre el asunto, incluso si se presentó una declaración durante la entrevista de investigación. Ambas partes pueden presentar pruebas adicionales en la audiencia, por lo que es importante participar. Si un reclamante o empleador contrata a un abogado, será responsable de cubrir sus gastos. Para obtener más detalles sobre qué esperar durante la audiencia de apelación, consulte las instrucciones al dorso del aviso de audiencia.
La decisión final del ALJ se enviará por correo a ambas partes después de la audiencia. Incluirá los hechos clave, las conclusiones legales, las razones de la decisión y el resultado. La decisión puede descalificar al solicitante para beneficios o beneficios, los cuales podrían ser a cargo del empleador.
Apelación de segundo nivel
Si no está de acuerdo con la decisión, usted o cualquier parte interesada puede:
- Apelar ante la Junta de Apelaciones de Empleo dentro de los quince (15) días siguientes a la firma del juez enviando una apelación por escrito por correo, fax o en línea a:
Junta de Apelaciones de Empleo
4to piso – Edificio Lucas
Des Moines, IA 50319
Fax: (515)281-7191
En línea: eab.iowa.gov
Si la fecha límite cae en sábado, domingo o día festivo, el plazo de apelación se extiende al siguiente día hábil. No hay que pagar ninguna tasa para presentar una apelación ante la Junta de Apelaciones de Empleo.
La apelación ante la Junta deberá indicar claramente:
- El nombre, la dirección y el número de seguro social del reclamante.
- Una referencia a la decisión contra la cual se apela.
- Que se interpone recurso de apelación contra dicha decisión y dicho recurso está firmado.
- Los motivos en que se fundamente dicho recurso.
O
Presente una petición ante el Tribunal de Distrito dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha de la firma del juez. Para más información sobre cómo presentar una petición, visite www.iowacourts.gov/iowa-courst/district-court . Tenga en cuenta que podría haber una tasa de presentación para presentar la petición ante el Tribunal de Distrito.
Nota para las partes: Puede representarse a sí mismo en la apelación o contratar un abogado o representante, siempre que no suponga un gasto para el Departamento de Desarrollo Laboral. Si desea un abogado, puede contratar uno privado o uno financiado con fondos públicos.
Nota: Debe presentar las certificaciones semanales hasta que finalice el proceso de apelación de segundo nivel. Si se le aprueba el desempleo, pero no ha presentado las certificaciones semanales, no podrá recibir los beneficios de esas semanas, ya que las solicitudes no se retrotraen.